La insoportable levedad de los datos económicos

Mucho tiene que cambiar la información económica oficial para que llegue a tener una mínima utilidad social y permita ofrecer soluciones de cara a afrontar la profunda crisis actual. La transparencia económica es una regla esencial del funcionamiento democrático y los ciudadanos tienen derecho a estar más y mejor informados en el terreno económico. Se hace urgente, en definitiva, una democratización de la información económica en sus diferentes niveles.
 
Conocer y cambiar para remediar la crisis. Una razón esencial de lo inamovible de la actual crisis económica (y no solo en España) es el insuficiente nivel de comprensión de la misma, de sus causas, de sus mecanismos y sus lastres, y por tanto de las posibles soluciones para salir de ella. De cara a poder vislumbrar algunas soluciones para atajarla, o al menos debatir socialmente cómo salir de la misma, habría que cambiar en buena medida la información económica que se elabora y difunde desde las instancias públicas, y ello con el apoyo e incluso el impulso del Parlamento.
 
Tanto la información macroeconómica como la información microeconómica relativa al sector público son claramente insuficientes, y en la mayoría de los casos ininteligibles por el ciudadano medio, incluso por los propios economistas; se hace por ello urgente conseguir dos objetivos: a) Nuevos patrones de elaboración y presentación de los datos económicos, y b) Un mayor nivel de intensidad y transparencia en la divulgación social de esta información.
 
Estructuras informativas socialmente inoperantes. Un buen número de las macromagnitudes que sirven como referencia a nivel oficial, comenzando por el producto interior bruto y la medición del crecimiento económico en base al mismo, son realmente obsoletas; la propia contabilidad nacional es un sistema de información tan complejo como inoperativo y en absoluto ajustado a los problemas y necesidades de la economía y la sociedad (consecuente en buena parte con la inutilidad social de sistemas como el SEC 95 y demás reglas contables emanadas de Bruselas).
 
Tampoco cumplen esa función las numerosas y a menudo frondosas series de datos estadístico-contables del INE. Y qué decir de la información del sector público, que parece que con la asunción (incompleta) del principio de devengo ya ha alcanzado su quintaesencia informativa, cuando en la práctica no deja de ser un conjunto de datos agregados y alineados por capítulos y subcapítulos, cuyas únicas aspiraciones parece que son el simple cumplimiento del principio de legalidad y las correspondientes normas contables y presupuestarias. En resumen, la información económica pública, tanto macro como micro, ha de ir mucho más allá, tanto en lo cuantitativo como en lo cualitativo.
 
Diferenciación y nuevas formas de información. Para mejorar esta situación se deberían asumir nuevos modos de diferenciación en la información económica, y ello en función de distintos fines, e incluso valores sociales, siguiendo por ejemplo la filosofía del análisis discriminante. Habría así que considerar que no todos los euros son iguales en el gasto público, y distinguir claramente en su presentación los gastos corrientes operativos de los no operativos, así como los euros invertidos respecto a los gastados (los primeros generan más confianza que los segundos, aunque todos sean gastos en la contabilidad pública).
 
También podrían diferenciarse los distintos segmentos del déficit público: operativo, atípico, por prestaciones sociales, así como el sangrantemente alto déficit financiero; o también distinguirse el déficit coyuntural (con proyección a corto plazo) y el estructural (a largo plazo). Sería igualmente importante, por ejemplo, publicar el retorno económico y social de los distintos gastos públicos (aunque a veces nadie lo vea), los datos de las balanzas fiscales territoriales, el patrimonio que poseen cada una de las entidades públicas, así como exigir y publicar una memoria justificativa de sus gastos a cada una de las instituciones públicas de este país. Y puestos a pedir, se podrían diferenciar claramente los datos de la economía productiva y de la economía especulativa, de cara a intensificar en lo posible la política fiscal y los gravámenes hacia esta última.
 
Necesidad de un portal público de información económica. Por otra parte, y de cara al segundo objetivo de mayor transparencia social y democratización de la información económica, sería importante crear un portal público que se ocupase de ofrecer a los ciudadanos aquellos indicadores y datos económicos más importantes, básicos y de interés general, para que, asomándose a la web de dicho portal, pudiesen disponer de una radiografía simple, integral y permanente de la economía española; ello serviría, además, para aumentar la cultura económica de la ciudadanía, para fomentar la participación social y como catalizador de ideas y propuestas de los propios ciudadanos.
 
Deberían ser datos e indicadores que la mayoría de los ciudadanos pudieran entender fácilmente, pertenecientes a los distintos ámbitos y sectores de la economía: público, empresarial, social, financiero, laboral, etcétera, comenzando, por ejemplo, con no más de cien indicadores, debidamente actualizados; debería ser además un cuadro de datos desgranables, de forma que cada uno de ellos se pudiera desagregar online, accediéndose al origen, las fuentes y los distintos niveles de detalle de sus cifras.
 
La importancia de un consenso político. En tanto los partidos políticos se deciden algún día a hacer política con mayúsculas a través de un amplio pacto de estado en materia económica, podrían ir mientras abriendo boca y llegar al menos a un acuerdo sobre aquella información económica que pueda resultar de interés general para los ciudadanos, y que se debiera publicar en ese portal público; información que debería ser propiciada y/o tutelada por el Parlamento, como garante de la adecuación y objetividad de los datos publicados y ofrecidos a los ciudadanos. El citado acuerdo sería un logro político colectivo, un juego de suma positiva, en el que todos los partidos políticos, y sobre todo los ciudadanos, saldrían ganando.
 
Y ahí estamos los economistas... Esta información económica de interés común no debería ser únicamente responsabilidad de los políticos y parlamentarios, sino que sería una buena ocasión para movilizar las fuerzas pensantes de los ciudadanos en general y de los economistas en particular. Al menos una parte de las decenas de miles de economistas de distintas generaciones que hay en este país, tanto en el sector público, como en las empresas y en las universidades, podríamos así despertar de ese supuesto y criticado letargo que padecemos, y poner en valor nuestros conocimientos y experiencia para compartir desinteresadamente esa importante empresa común de aportar ideas y propuestas para una mejor y más asequible información económica en este país. No estaría mal intentarlo, y a ver qué ocurre.
 
Jesús Lizcano Álvarez es catedrático de la Universidad Autónoma de Madrid y presidente de Transparencia Internacional España.
 
Fuente: El País

Los Tristes y la Ley de la Alegría

No será posible tener transparencia por tener una ley, como tampoco podríamos ser todos felices aunque tuviéramos una ley de la alegría. Falta debate político e integración de intereses sociales y empresariales”.
 
Hemos oído hablar mucho de transparencia en los últimos tiempos debido a los mediáticos casos de corrupción y se ha enarbolado la transparencia como el antídoto a la corrupción, mal endémico no sólo en España sino también en todos los países de nuestro entorno.
 
En particular, señala el CIS  que la corrupción ya ocupa el segundo lugar en las preocupaciones ciudadanas, ahora bien,  el mero hecho de tener una ley de transparencia no va a solucionar los problemas sino que ayudará a su prevención.
 
La transparencia no va a eliminar la corrupción pero sí va a ser una pieza fundamental para controlarla ya que con transparencia la corrupción se puede  llegar a dificultar bastante.
 
Esta mañana de 7 de marzo de 2012 amanece lluviosa en Mérida pero con grandes expectativas para APITEX pues, dentro del orden del día de la sesión plenaria de la Asamblea de Extremadura se incluía el “debate” de la propuesta de ley de Gobierno Abierto de Extremadura formulada, conjuntamente, por el Grupo Parlamentario Popular-Extremadura Unida (PP-EU), el Grupo Parlamentario Socialista (PSOE-Regionalistas) y el Grupo Parlamentario Izquierda Unida (IU-Verdes-SIEx).
 
Del dicho al hecho, como casi siempre, un buen trecho. Debate según la Real Academia de la Lengua Española es controversia, discusión, contienda, lucha, combate pero nada de eso se ha visto hoy en el Pleno de la Asamblea.
 
Nuestros representantes políticos se han limitado a afirmar el carácter avanzado de la ley, se han limitado a  felicitarse por sacar adelante esta propuesta de ley por consenso y se han limitado a propugnar  el carácter revolucionario de la ley en dos únicos aspectos:
  • La supresión del silencio administrativo negativo para la solicitudes de información que los ciudadanos formulen.
  • El fomento de la participación ciudadana a través del Consejo Extremeño de Ciudadanos y Ciudadanas para fomentar el diálogos sin exclusión, los debates abiertos y el impulso de iniciativas normativas con sólo 2.000 firmas.
Todos reconocen que la sociedad está cada vez más preparada y que tiene a su disposición las nuevas tecnologías, con lo que los ciudadanos son cada vez más exigentes con nuestros políticos y nuestra Administración y, además, todos expresan su deseo en que la sociedad recupere la confianza en sus representantes políticos.
 
Sin embargo, parece que hoy no había nada que debatir, todo está suficientemente confuso y los ciudadanos siguen  sin tener respuesta a sus demandas: 
 
¿Cómo va a garantizar la Ley de Gobierno Abierto de Extremadura que la Administración no de la callada por respuesta ante las solicitudes de información de los ciudadanos? ¿Se prevé en esa u otra normativa, que nos sabemos cuándo se aprobará, algún régimen sancionador o disciplinario para aquél que incumpla su obligación de facilitar la información solicitada?.
 
¿No podría haberse debatido sobre el amplio margen de discrecionalidad de la ley que establece  un largo listado de excepciones al principio de transparencia que, en la práctica, van a limitar de manera efectiva el acceso a la información?. ¿Vamos a tener que esperar a que los tribunales se pronuncien sobre cuando concurren las excepciones que permitirán denegar, motivadamente, el acceso a la información que se solicite?
 
¿Va a haber presupuesto para implantar la ley y garantizar que los ciudadanos y empresas puedan acceder a datos publicados en formatos compatibles que garanticen el tratamiento automatizado de los mismos?
¿Cuándo vamos a ver los ciudadanos los resultados de la implantación efectiva de la Ley?.

La ausencia de debate revela que las carencias de la “revolucionaria” y “avanzada” Propuesta de Ley de Gobierno Abierto no se han abordado y que la implantación de ley en cuestión, ojalá nos equivoquemos, no va a ser real ni efectiva en mucho tiempo.

Por mucho que se propugne, parece que nuestros representantes no se han concienciado todavía de que  la transparencia  es hoy un valor social y debería ser: 
  • Un derecho absoluto de los ciudadanos, cada vez más informados y preparados, que demandan transparencia en aspectos económicos, sociales, medioambientales y de buen gobierno.  
  • Una obligación absoluta para las instituciones públicas y el sector público, que se hallan al servicio de los ciudadanos.  
  • Un valor que las empresas deberían fomentar e implantar en sus organizaciones como mecanismo para crear valor y ventaja competitiva frente a sus iguales.
Habrá que esperar, por tanto,  al desarrollo reglamentario de la Ley de Gobierno Abierto que se apruebe  o a la aprobación de otras leyes complementarias a ésta para que de verdad se coloque a nuestra Administración Regional en los primeros puestos de las Administraciones Pública Transparentes.
 
Mérida a 7 de Febrero de 2013.

Elena González Lavado
Asesora Jurídica de APITEX, Asociación para la Promoción y el Impulso de la Transparencia en Extremadura.

Noticia en los medios

 

PwC analiza la transparencia de las empresas que conforman el IBEX 35


El informe elaborado por PwC , “Momento para la diferenciación”, se encarga de analizar las prácticas de reporting y destaca  que las empresas del IBEX 35 han progresado durante el último año en el suministro de información corporativa relacionada con los factores externos que pueden afectar al negocio. En este sentido, el 80% de las compañías ofrecen algún tipo de información sobre las futuras perspectivas de crecimiento en el negocio. 

Las empresas también han evolucionado a la hora de vincular los factores externos con el desempeño alcanzado o las decisiones estratégicas tomadas por las compañías. Aún así, tan solo el 20% de las empresas que forman el IBEX 35 ofrecen información sobre cómo las cómo las perspectivas de futuro afectarán a las decisiones estratégicas del negocio en el largo plazo.

Por otra parte, la calidad de información del reporting corporativo ha mejorado en ámbitos como el riesgo de los negocios (todas las empresas del IBEX informa sobre los principales riesgos)y  la gestión y el control de los recursos así como las ventajas competitivas para crear y mantener valor (el 94% de las compañías suministra esta información de alguna manera). Respecto a los indicadores de desempeño, el 91% los identifica claramente. 

A pesar de estos avances, ninguna empresa española ha alcanzado un nivel de alto efectividad en cuanto a su integración. Sin embargo, hay algunas compañías que están empezando a avanzar hacia el reporting integrado. Lo hacen movidas por las necesidades de transparencia en el actual contexto de crisis y por la tendencia en ir hacia esa dirección. En este sentido, las empresas todavía tienen retos importantes a los que enfrentarse. Según el informe de PwC para conseguir un informe integrado eficaz deben mejorar las áreas de remuneración y desempeño,  materialidad, sistemas, recursos y cambio cultural. 

No habrá transparencia sin la información en formatos adecuados

El proyecto de Ley de Transparencia es un debate de actualidad. Se están elaborando y publicando diversos informes sobre los problemas del borrador de la ley, con críticas a sus limitaciones, y comparaciones con las de países de nuestro entorno. Aunque en general son análisis detallados, no dan la suficiente importancia a dos temas que considero fundamentales: facilitar el seguimiento de cómo se gasta el dinero, y que los datos estén en formatos adecuados para el tratamiento informático automático.

Uno de los objetivos de la transparencia de los actos de gobierno es el control ciudadano para minimizar la corrupción. El “dinero en manos equivocadas” es causa, medio y efecto de la corrupción, por lo que cualquier ley de transparencia debería tener como objetivo prioritario facilitar el seguimiento del dinero que gasta la administración en su funcionamiento rutinario -tal como se hace en data.gov.uk- y no sólo los datos agregados.

Aunque también está de moda hablar del “Big Data” (análisis de datos masivos), se habla muy poco de sus problemas. La gran cantidad de ruido, la dificultad de seleccionar las señales y variables adecuados, y de hallar las relaciones importantes entre las diferentes variables. Los datos generados por las administraciones públicas son masivos, el análisis y seguimiento manual es prácticamente imposible. No sólo por la cantidad de datos, también por cómo filtrar y obtener los datos adecuados (códigos de cuentas, montos, identificación de beneficiarios), y cómo relacionarlos entre sí. Sin resolver de forma adecuada ambos problemas, no tendremos una transparencia efectiva.

De la lectura del proyecto de ley se desprende que bastaría con que la administración publique la información de forma similar a cómo se publican los boletines oficiales de los diferentes organismos. En el informe crítico enlazado anteriormente ya se menciona este problema:

Dentro de los principios generales, se sugiere que se incluya que la información que se publica deba hacerse en formatos electrónicos reutilizables y explotables y que se sugiere se señale expresamente la conexión con la legislación en materia de reutilización de la información del sector público (Ley 37/2007).

Los Boletines Oficiales se publican en formato texto (PDF y/o HTML, como en el BOE estatal, o los autonómicos), son sólo cadenas de caracteres, puro ruido, sin posibilidades de obtener y filtrar datos. ¿Cómo obtener los gastos y sus conceptos a partir de un texto sin semántica que se pueda interpretar automáticamente? ¿Cómo relacionar entre sí los diferentes conceptos? ¿Cómo obtener la número de partida o cuenta presupuestaria? Esto hace que las publicaciones de los diferentes boletines queden en algo testimonial, un “periódico” de la administración, una “fe pública” de las decisiones administrativas, sin posibilidades de análisis informáticos automáticos, y logrando -paradójicamente- que la tecnología digital genere casi más problemas (el también debatido “derecho al olvido”) que ventajas reales.

Las complejidades y diferencias contables entre las diferentes administraciones aumentan la complejidad del problema. Por ejemplo, una cuenta presupuestaria estatal transfiere a una de una comunidad autónoma, que pasa a ser una cuenta diferente, con sus propios códigos. Además, un mismo beneficiario puede recibir dinero de cuentas diferentes, con identificaciones diferentes, a veces sin un nexo de unión obvio. Un ejemplo simple, a partir de los diferentes boletines oficiales, intentad calcular el total de ayudas que recibe una película: éstas pueden venir del Ministerio de Cultura, del ICO, de las comunidades autónomas... y pueden otorgarse a la productora principal, o a cualquier otra, incluso a actores individuales para asistir a un festival. Si ya es muy complicado conocer las ayudas que recibió un sola película, imaginad hacer un seguimiento de todos los negociados de los diferentes organismos.

Por ello una ley de transparencia debería exigir que se publiquen todos los gastos de la administración que superen un determinado monto, que estos datos estén en formatos adecuados para su tratamiento automático, con la granularidad necesaria (no bastan los totales o porcentuales), y que contengan la información que facilite el seguimiento de los destinatarios de pagos y ayudas de todas las administraciones.

De no ser así, el resultado de la ley con su texto actual serán más “boletines oficiales” intratables informáticamente. Es decir, una relación señal/ruido casi en cero, más invisibilidad que transparencia, aunque incluyan a la Casa Real o a los partidos políticos. Que no se nos olvide lo fundamental.

Fuente: Diario Turing

60 cursos universitarios, online y gratuitos para apuntarse en Marzo

60 cursos online y gratuitos son los que comienzan en Marzo, impartido por grandes Universidades, renovando la apuesta por el aprendizaje online. Con la ayuda de las plataforma educativas ya conocidas (Coursera, Miriadax, EdX) hemos recopilado todas las propuestas para este mes, con opciones interesante también en español. Tal como en artículos anteriores, cada uno de los cursos mencionados tiene su link  que dirige a la plataforma correspondiente para ampliar toda la información de los mismos.

Ciencias de la Computación


Ciencias Agrarias


Química y Física


Lingüística


Economía y Finanzas / Emprendimientos


Otros similares: Model Thinking (Universidad de Michigan), Introduction to Computational Finance and Financial Econometrics (Universidad de  Washington), Economic Issues, Food & You (Universidad de Florida), Property and Liability: An Introduction to Law and Economics<(Universidad de Wesleyan), Principles of Macroeconomics  (Universidad de Melbourne), A Beginner’s Guide to Irrational Behavior (Universidad de Duke), Surviving Disruptive Technologies (Universidad de Maryland).

Arte / Historia
 

Matemáticas
 
  • Descodificando Algebra (Universitat Pompeu Fabra). Con un particular enfoque de las matemáticas en retos relacionados con las comunicaciones, analizando diferentes herramientas.
  • Diseño geométrico asistido por ordenador (Universidad Politécnica de Madrid). Analizando matemáticas del modelo o diseño industrial.
  • Introduction to Mathematical Thinking  (Universidad de Stanford). Tiene como objetivo ayudar a  desarrollar la capacidad de pensar como un matemático, aplicando ese criterio en la vida diaria.
  • Analytic Combinatorics, Part II (Universidad de Princeton). Herramientas de análisis complejo, fórmulas asintóticas son algunos de los temas que se analizarán en esta segunda parte de Combinatoria Analítica

Multimedia
 
  • Introduction to Music Production  (Berklee College of Music). Un análisis por las herramientas utilizadas y las etapas necesarias en creación y producción de música.
  • Songwriting  (Berklee College of Music). Para aquellos que desena conocer técnicas y tips para escribir letras de canciones.
  • Computational Photography (Universidad Tecnológica de Georgia). Estudio de la influencia de la computación en el procesamiento de las fotografías

Ciencias Biológicas / Medicina
 
  • Synapses, Neurons and Brains (Universidad Hebrea de Jerusalén). Analizando los procesos neurocelulares y cómo influyen en los comportamientos, así como diferentes exposiciones y debates sobre nuevas investigaciones y estudios.
  • Medical Neuroscience  (Universidad de Duke). Requiere conocimientos previos en biología celular y molecular, ya que analiza el funcionamiento del sistema nervioso central.
  • Introduction to Biology – The Secret of Life (MIT). Introducción a la Biología, pasando por la Genética, Bioquímica, Genómica, entre otros.
  • “Pay Attention!!” ADHD Through the Lifespan (Universidad de Pensilvania). Analiza el TDAH, los factores genéticos, funcionamiento, estadísticas, conductas, entre otros.

Psicología
 
  • Know Thyself  (Universidad de Virginia). Para aquellos que deseen ampliar sus conocimientos en el psicoanálisis, desde una diferentes puntos de vista, entre ellos la filosofía oriental.
  • Introduction to Psychology as a Science  (Universidad Tecnológica de Georgia). La Psicología analizada desde la ciencia a través de experimentos, conferencias y demostraciones.

Otros
 
Estos son todos los cursos universitarios que han sido programados para iniciar en el mes de Marzo. Pero sino no deseamos apegarnos a un calendario de estudio también disponemos de muchas otras opciones en  cursos online que no tienen esta modalidad, y que podemos acceder gratuitamente, como lo que hemos ido comentando desde nuestra categoría de MOOCs.
 

APORTACIONES DE LA ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN Y EL IMPULSO DE LA TRANSPARENCIA A LA LEY DE GOBIERNO ABIERTO DE EXTREMADURA


CONSIDERACIONES GENERALES

La ley de Gobierno Abierto de Extremadura es, en su primera parte, demasiado genérica, ya que incorpora muchas definiciones (ciudadano, gobierno abierto, publicidad, información pública, participación u colaboración ciudadana) y principios generales de actuación (buena administración, orientación a la ciudadanía, transparencia, publicidad, participación y colaboración ciudadana, eficiencia, economía y celeridad, calidad mejora continua, simplicidad y comprensión, calidad normativa, modernización, integridad, responsabilidad y rendición de cuentas, respeto al código de conducta, accesibilidad, neutralidad tecnológica, prevención). El hecho de que dichos principios éticos y de actuación se incluyan en una norma con rango de ley implica ya que sean de obligado cumplimiento para los sujetos comprendidos del ámbito autonómico que entran dentro del ámbito de aplicación de la ley, lo cual supone un paso adelante en transparencia aunque veremos a ver cuál es el resultado de su implantación que no se regula explícitamente y su entrada en vigor no será inmediata tendrá una vacatio legis de 6 meses.

La Ley extremeña de transparencia va más allá que la Ley estatal al definir el Gobierno Abierto: una nueva forma de relación entre las Administraciones Públicas y la ciudadanía basada en la transparencia en la gestión y en la toma de decisiones; en garantizar el derecho de acceso a la información que obre en poder de la Administración Regional y que esa información sea veraz y objetiva y en garantizar el derecho de los ciudadanos a participar en la toma de decisiones sobre aquéllos asuntos que les afecten o que incidan en el interés público manteniendo un diálogo abierto y popular.

La eliminación del silencio negativo como respuesta a las demandas de información de los ciudadanos sin tener que dar justificación alguna incorporada en fase de enmiendas es todo un acierto, ya que la Administración del siglo XXI no puede dar la callada por respuesta a las solicitudes de los ciudadanos. La Administración cuenta con medios tecnológicos y humanos suficientes como para que ninguna solicitud de información se quede sin contestar en el plazo legalmente establecido.
Sería deseable eliminar el amplio margen de discrecionalidad de la ley al establecer un amplio listado de excepciones al principio de transparencia. Se prevén demasiados límites al acceso a la información. La denegación está justificada en casos de defensa, seguridad nacional, relaciones exteriores, seguridad pública y prevención e investigación ilícitos penales, administrativos o disciplinarios pero habría que concretar más algunos límites genéricos como el perjuicio a la política económica y monetaria o al medio ambiente.

La norma autonómica no establece un régimen de infracciones y sanciones por incumplimiento de obligaciones en materia de transparencia lo que puede dejar la ley en papel mojado.
Dejar para un posterior a desarrollo Reglamentario el Consejo Extremeño de Ciudadanos y Ciudadanas, órgano que al estar sin definir, no podemos concretar hasta qué punto será operativo.
Por último señalar que sería conveniente indicar la partida presupuestaria de que se dispone para implantar la ley ya que si no puede asumirse el coste de poner en funcionamiento el Portal de Transparencia el desarrollo de la ley no será real y efectivo.

 
SUGERENCIAS SOBRE EL TEXTO DE LA LEY DE GOBIERNO ABIERTO DE EXTREMADURA

1. En el preámbulo de la ley debería hacerse especial hincapié en que la transparencia que esta ley regula sólo para la Administración Pública regional, sería deseable que fuera un valor que también deberían incorporar las empresas privadas que pretendan contratar con la administración.

2. Art.4. Principios generales. Por cuestiones de sistemática tal vez el principio denominado “gobierno abierto” debería excluirse del artículo 4 pues no es un principio como los demás sino que es el nuevo modelo que pretende configurar las relaciones entre la Administración y los ciudadanos.

3. Art.6. Programación. Adolece de una falta absoluta de concreción ya que la concreción de los objetivos se difiere a la publicación de los Planes anuales o plurianuales y no se señalan qué indicadores de eficiencia van a tenerse en cuenta.

4. Art.8. Contratos Públicos. Carece absolutamente de justificación alguna el señalar un límite cuantitativo para la publicación de los contratos celebrados: todos los contratos que celebran las Administraciones Públicas, sin excepción, deben ser publicados. Por otra parte el precepto regula las actuaciones previas a las licitaciones y posteriores a la adjudicación, en lo referente a publicación de datos, pero no regula ningún tipo de actuación o buena práctica durante la valoración de las propuestas.

5. Art 11. Subvenciones. Se prevé únicamente la publicación del listado de beneficiarios de subvenciones, aunque sería deseable publicar información adicional sobre los beneficiarios como su solvencia económico-financiera o técnico-profesional. Sería conveniente publicar también las actas de las comisiones de valoración, de las que se deduzcan los criterios de baremación empleados y los motivos de la concesión a unos frente a otros.

6. Art 13. Provisión de Puestos. No solo la información relativa a personal directivo debe publicarse. Deberían hacerse públicos todos los puestos sea cual sea el procedimiento por el que se hayan cubierto.

7. Art. 12. Ordenación del Territorio y Urbanismo. Se deberían prever la obligación de publicar las actuaciones urbanísticas en desarrollo y la identificación del agente que las promueve.

8. Art 15. Derecho de acceso a la información pública. El precepto define que ha de entenderse por información pública. No concreta, sin embargo, como se garantiza el acceso efectivo del ciudadano a dicha información. Debería concretarse como el ciudadano tiene “derecho de acceso a dicha información” o variarse la denominación de dicho precepto. Por otra parte, en cuanto a la información pública se debería regular también la publicación de las propias solicitudes de acceso a información. Es decir, se debería regular la publicación en el portal electrónico de la transparencia y la participación ciudadana de los solicitantes y los motivos de las solicitudes de información. Esta medida iría encaminada a servir de filtro que evite en lo posible el desbordamiento de las administraciones así como mostrar que la trasparencia debe ser siempre bidireccional.

9. Art 19. Solicitud. En el apartado 3º regula el derecho de la Administración de la Comunidad a reservarse la facultad de resolver sobre las solicitudes de información pública que reciban las sociedades y fundaciones públicas, entidades de derecho público a ella vinculadas y las entidades y personas que ejerzan funciones públicas o potestades administrativas presten servicios públicos bajo su autoridad. Se trata de una limitación subjetiva demasiado amplia que deja en manos del órgano tutelante la facultad de denegar información lo que unido al elevado número de limitaciones objetivas que prevé la ley, puede hacer que la transparencia en información no sea real ni efectiva.

10. Art 21. Causas de inadmisión de las solicitudes de información. En el apartado c se establece una causa demasiado genérica ya que no se concreta qué se entiende por carácter abusivo no justificado. Habría que concretarlo para evitar un mal uso de esta causa de inadmisión.

11. Art. 32. Principios éticos de actuación. Se establece en el apartado 3. f se definen los denominados “obsequios con una mayor relevancia institucional”, concepto ambiguo que podrías sustituirse por un límite cuantitativo. En el apartado 4º la evaluación del cumplimiento de los principios de conducta y éticos debería encomendarse a un órgano independiente, no a la propia Administración.

12. Art. 33 Conflicto de interés. Al no establecer el régimen sancionador para el incumplimiento de la obligación de abstenerse en conflicto de interés el precepto queda vacío de contenido.
Inscrita en el registro de asociaciones con el número de registro 5.757 de la sección primera, del registro de asociaciones de la Consejería de Administración Pública del Gobierno de Extremadura.

OTRAS PROPUESTAS A INCLUIR EN LA LEY

13. Publicar el listado de facturas pagadas y pendientes de pago clasificadas por Órgano Gestor, fecha y tipo de contratación.

14. Publicar las instituciones que hacen donaciones a los partidos políticos.

15. Sistema de protección de denuncias a las personas que identifiquen actos poco éticos o corruptos en las Administraciones e instituciones dependientes.

16. Desarrollo paralelo de un sistema de recepción de denuncias de corrupción para que se impida la ocultación, o el uso partidista de las denuncias. APITEX elevará a cada partido la posibilidad de desarrollar este sistema de lucha y prevención de la corrupción.
17. Realizar y publicar un inventario de patrimonio de las instituciones públicas de cara a optimizar su uso. Informar diariamente del uso del mismo.

18. De cara a depurar responsabilidades , que cada fichero que se ponga a disposición de la sociedad tenga identificado:

a. Fuente de obtención de los datos.
b. Persona Responsable de la Base de datos.
c. Persona Responsable de la liberación.

19. Estos tres perfiles deberán tener responsabilidad sobre: plazos, veracidad, manipulación y trazabilidad de la información publicada.

20. Publicaciones de las ventas y beneficios de las empresas públicas, o que tienen inversiones públicas a fin de prevenir en este tipo de organizaciones la corrupción y la evasión fiscal.

21. Incorporar la trazabilidad de las modificaciones de los datos facilitados por las administraciones. Deben quedar registradas todas las modificaciones y anotaciones que hayan sido realizadas antes de su liberación.

22. Publicar en las instituciones públicas la brecha salarial, es decir la diferencia de sueldos brutos que es percibida por categoría profesional.

23. Identificar los méritos de todas las personas que ocupan responsabilidades de dirección en instituciones públicas, así como el procedimiento de acceso al puesto.

24. Dado que los altos cargos están al servicio de lo público debería preverse la rendición de cuentas de su actuación ante los ciudadanos, de modo que se informe sobre las actuaciones que en concreto se han llevado a cabo cada mes en interés general, esto es, proyectos que se están impulsando, reuniones mantenidas a tales efectos, acuerdos que salen de cada reunión, etc.

25. Mayor transparencia en concursos públicos, lo que se debe traducir en:

d. Eliminar los límites cuantitativos para la publicación de contratos.
e. La propuesta de ley no regula ninguna actuación por parte de las personas físicas o jurídicas licitantes, pero sí podría fijar un porcentaje de puntuación para las que acrediten cierto grado (a definir) de transparencia.
f. Establecer la obligatoriedad de publicar algunos datos adicionales sobre los adjudicatarios de los contratos, por ejemplo, la solvencia económico-financiera o técnica-profesional.
g. Prever sanciones para los administraciones/ responsables que consientan la ejecución de los contratos por un importe un 20 % mayor del valor de adjudicación.
 
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¨Open Campaign¨, un paso hacia la transparencia de las Campañas electorales

Es una realidad que los partidos y los procesos electorales deben pasar por una etapa de fortalecimiento de su esencia democrática. Hoy por hoy, un Estado Democrático de derecho no se puede permitir el lujo, de acoger en sus seno formaciones políticas, que no muestren un alto grado de democratización interna.
 
Es por ello que me permito acuñar un nuevo término ¨Campaña Abierta¨, que gira en torno al paradigma del Open Goverment, en su aplicación a los Partidos políticos. Estos, son el eslabón legitimador de la representación política, los portadores del mandato representativo, y los apoderados de la soberania popular. El ¨Open campaign¨ gira en torno al concepto de Gobierno Abierto, y en la aplicación de sus tres grandes pilares: Transparencia, Participación y Colaboración, al entorno partidista.
 
El objetivo más pragmático de los Partidos Políticos es transformar su influencia en el electorado, en una cantidad de votos suficiente para obtener el poder, que le permita gobernar de la forma más holgada posible. Por lo tanto, ¿ por que esperar a estar en el poder para aplicar el paradigma de Gobierno abierto?
 
Un Partido político, sea cual sea su ideología, al estar inmerso en un sistema democrático avanzado, debe ser transparente, permitir la participación de sus bases, y la colaboración con el resto de actores sociales y ciudadanos.
 
Hoy en día, nos encontramos ante una situación perfectamente antagónica a la ideal, los partidos políticos son organizaciones cerradas, blindadas, jerarquicamente organizadas, burocratizadas y exentas de participación, transparencia y democracia interna. Como pretendemos, que estos mismo lideres sean capaces de formar gobiernos transparentes, que permitan al ciudadano participar en la toma de decisiones, y además, rindan cuentas. No es, para nada, lógico.
 
A mi modesto entender, podemos hablar de Open Campaing, cuando la campaña electoral de un candidato cualquiera, integra en si misma, los siguiente parámetros:

  1. Transparencia presupuestaria y financiera: Cuanto hemos recaudado, cuales son las fuentes y en que lo hemos empleado. Salarios percibidos en el partido, y todo tipo de remuneraciones (dietas, pagos en especie, beneficios sociales, etc)
  2. Transparencia Política: Agenda de Campaña, perfiles y Curriculums de los integrantes del equipo, información abierta sobre los candidatos a ocupar puestos de relevancia en el Gobierno.
  3. Programa Político Abierto: Instrumentalización de los programas de campaña a través de herramientas digitales que permitan la consulta de los ciudadanos, articular comentarios y enmiendas, votar las propuestas y generar nuevos Imputs dentro del programa.
  4. Fuerte Democracia Interna, facilidad de acceso a los militantes y bases del partido a procesos internos competitivos, que faciliten la candidatura de cualquier miembro a las elecciones primarias.
  5. Multipicidad Informativa, difusion y generación de contenidos abiertos, tanto en medios tradicionales como digitales, que permitan que la información fluya de manera bidireccional y con el mínimo sesgo.
  6. Datos de Campaña abiertos. Encuestas, valoraciones, estadísticas, etc
Sin duda, los partidos políticos deben cuestionarse dar el paso hacia la transparencia y la rendición de cuentas ante los ciudadanos. Forman parte de la base del sistema político, y por tanto, es por estas organizaciones políticas, por donde debe empezar el proceso hacía la Democracia Abierta, seguidos del resto de actores sociales (sindicatos, asociaciones, patronatos, etc).
En definitiva, el modelo de partidos está obsoleto, el sistema electoral está caduco, la clase política es corrupta, el Estado está sobredimensionado y sobrecargado, y por lo tanto solo nos queda una cosa…………………ejercer la responsabilidad ciudadana de una vez por todas, y cambiar toda esta maraña que no nos permite avanzar.
Pero sin duda, hemos de empezar por los partidos políticos.
Juan Manuel Gómez Roa