La norma UNE – ISO 31000-2010 “Gestión de Riesgos: principios y directrices” señala en su introducción que “todas las actividades de una organización implican riesgos”. Tras esta contundente afirmación, a lo largo del documento, la citada norma aconseja desarrollar e implementar en las organizaciones un marco de trabajo cuyo objetivo sea integrar los procesos de gestión de riesgos en los procesos de gobierno, en la estrategia, en la planificación de las políticas y en la cultura de la organización. ¿y qué tiene que ver esto con la transparencia?
Recientemente el Gobierno de Cataluña ha informado sobra su estrategia para luchar contra el fraude escolar, básicamente “facilitar el acceso a los datos de los escolares para evitar fraudes”. Estos datos sólo podrán ser conocidos por las familias de aquellos alumnos que estén matriculados en el mismo curso que sus hijos. Esta nueva normativa surge de la conjunción de la Ley de Protección de Datos y el Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas, que permite a los ciudadanos acceder a la información de cualquier proceso público en que se participa. Nada tiene que ver con la futura ley de transparencia.
La aplicación de la norma UNE – ISO 31000-2010 sobre este proceso, nos plantea las siguientes reflexiones:
Recientemente el Gobierno de Cataluña ha informado sobra su estrategia para luchar contra el fraude escolar, básicamente “facilitar el acceso a los datos de los escolares para evitar fraudes”. Estos datos sólo podrán ser conocidos por las familias de aquellos alumnos que estén matriculados en el mismo curso que sus hijos. Esta nueva normativa surge de la conjunción de la Ley de Protección de Datos y el Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas, que permite a los ciudadanos acceder a la información de cualquier proceso público en que se participa. Nada tiene que ver con la futura ley de transparencia.
La aplicación de la norma UNE – ISO 31000-2010 sobre este proceso, nos plantea las siguientes reflexiones:
- ¿Puede la ley de transparencia suponer un riesgo para el mantenimiento de las responsabilidades de este tipo, hasta hoy en manos de la administración?
- ¿Cómo se puede canalizar esa colaboración social sin que suponga un motivo de crispamiento entre los padres del alumnado, los colegios y las administraciones?
- ¿Se habrán valorado los riesgos de este tipo de decisiones?